La Línea de financiación “ICO-IDAE Eficiencia Energética 2017-2018”, está dotada con 100 millones de euros y destinada a mejorar los consumos energéticos de la hostelería, pequeña y mediana empresa y gran empresa del sector Industrial y Comercial.
El Instituto de Crédito Oficial pone a disposición de las distintas entidades financieras que quieran suscribirse a los distintos programas que se pongan en marcha en este marco, los fondos necesarios, hasta 100 millones de euros, para que dichas entidades faciliten los créditos que permitan llevar a cabo los proyectos, quedando el riesgo de las operaciones garantizado al 50% entre la entidad financiera y el propio IDAE a través del Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
De los 100 millones de euros, 70 millones de euros se destinan a PYME, y gran empresa del sector Industrial y Comercial, y 30 Millones a un Plan RENOVE de Hostelería.
La solicitud de los créditos debe hacerse a través de las entidades financieras, pudiéndose obtener hasta el 100% de la inversión del proyecto, con un importe máximo de 3 millones de euros en el caso de PYME, y gran empresa del sector industrial y comercial, y de 1,5 millones de euros para hostelería. Los proyectos deben ejecutarse en un plazo de 24 meses en el primer caso y de 12 meses en el segundo caso.
Plan Renove de ahorro y eficiencia energética en hostelería:
Las personas físicas o jurídicas del sector de la hostelería cuya actividad principal corresponda con los CNAE siguientes:
55. Servicios de alojamiento
56. Servicios de comidas y bebidas
En estos tramos de actuación se incluyen como CLIENTES a las empresas de servicios energéticos, entendiendo como tal la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios. Para poder ser CLIENTES, estas empresas deberán actuar en función de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas de los CNAE antes relacionados y llevar a cabo las inversiones incluidas en la tipología de proyectos recogidos en el presente Convenio, debiendo acreditar al IDAE su actuación como empresa de servicios energéticos, su número de registro en el listado oficial de proveedores de servicios energéticos y la inversión realizada.
En todo caso, se excluyen las empresas en crisis, según las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y restructuración de empresas en crisis (DO C244, de octubre de 2004), exigiéndose que las empresas presenten una declaración responsable.
Conceptos financiables
Se considerarán financiables los costes que sean necesarios para conseguir la reducción del consumo de energía, que podrán incluir, entre otros, los siguientes conceptos:
- la elaboración de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones,
- los costes de dirección facultativa,
- los costes de ejecución de la obra civil y
- los de montaje de las instalaciones, en su caso;
- los equipos, materiales e instalaciones auxiliares necesarias,
- los costes de transporte, los de asistencia técnica y todos aquellos necesarios que estén vinculados directamente a la ejecución del proyecto, así como
- los necesarios para la legalización de las instalaciones y la obtención de las licencias requeridas en las diferentes fases del proyecto, tanto de los colegios profesionales como de las diferentes administraciones afectadas.
Podrán incluirse los costes correspondientes a actuaciones preparatorias de la actuación, que sean necesarios para presentar la solicitud, como pueden ser: proyecto, memorias técnicas, certificados, etc.;
Se financiaría hasta el 100% del coste del proyecto, IVA o impuesto análogo excluido.
Para cada uno de los tramos serán financiables las inversiones realizadas por el CLIENTE en instalaciones del sector industrial, comercial y hostelería que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida y que figuren en el CATALOGO de medidas que puede encontrar en los "documentos adjuntos" de esta misma página.
Importes mínimos y máximos de inversión por proyecto:
Para cada uno de los dos tramos se establecen los siguientes importes:
Eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial: El importe máximo de la inversión será de 3 millones de euros.
Plan Renove de ahorro y eficiencia energética en hostelería: El importe máximo de la inversión será de 1,5 millones de euros.
No se aplicará un importe mínimo.
Plazo de ejecución de las inversiones
Solo se financiarán las inversiones cuyo pedido o contrato y sus correspondientes facturas tengan fecha de emisión posterior a la presentación de la solicitud ante la Entidad Financiera. No obstante, sí podrán incluirse los costes correspondientes a actuaciones preparatorias de la actuación que sean necesarias para presentar la solicitud, como pueden ser: proyecto, memorias técnicas, certificado auditor energético, etc. siempre que, en todo caso, estas actuaciones se hayan llevado a cabo con fecha posterior a la fecha de entrada en vigor de la convocatoria de esta línea.
El plazo máximo de ejecución de las inversiones desde la firma del contrato de financiación del CLIENTE con la Entidad Financiera será de:
Eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial: 24 meses.
Plan Renove de ahorro y eficiencia energética en hostelería: 12 meses.
Modalidad de financiación: Las operaciones de financiación entre el CLIENTE y la Entidad Financiera deberán instrumentarse mediante un contrato de préstamo.
Importe máximo de financiación por proyecto de inversión: El importe máximo de financiación por operación será de hasta el 100% del proyecto de inversión, excluido el IVA o impuesto de análoga naturaleza.
Plazos de las operaciones y liquidación de intereses: Los CLIENTES podrán formalizar las operaciones de financiación, en los siguientes plazos de amortización y carencia:
Eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial y comercial: Entre 1 y 10 años sin carencia de principal o con 1 año de carencia de principal.
Plan Renove de ahorro y eficiencia energética en hostelería: Entre 1 y 5 años sin carencia de principal o con 1 año de carencia de principal.
La periodicidad de liquidación de intereses y amortización para las operaciones de financiación formalizadas entre la Entidad Financiera y el CLIENTE será la pactada entre las partes.
La garantía del IDAE permanecerá vigente durante un periodo igual al del último plazo de amortización pactado en el contrato de préstamo suscrito entre la Entidad Financiera y el CLIENTE, más los 90 días, de acuerdo con el procedimiento establecido en el punto p).
Tipo de interés máximo para el CLIENTE El ICO comunicará a las Entidades Financieras quincenalmente la TAE máxima para cada plazo de financiación aplicable al CLIENTE por la Entidad Financiera, para las operaciones formalizadas en la quincena correspondiente.
Riesgo de las operaciones de financiación: La Entidad Financiera decidirá sobre la concesión de la correspondiente financiación de acuerdo con sus procedimientos internos y usos bancarios.
El riesgo de crédito de las operaciones formalizadas con los CLIENTES por las Entidades Financieras se compartirá entre la Entidad Financiera y el IDAE al 50%.
Tramitación de las solicitudes y formalización de las operaciones: Las solicitudes se presentarán por los CLIENTES en las Entidades Financieras.
Más información: Para cualquier duda o aclaración dirigirse al
Servicio de Información al Ciudadano en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER)
Email: ciudadano@idae.es
c/Madera, 8. 28004 Madrid
913 146 673 en horario de 10 a 14 horas de lunes a viernes
Fax: 915 230 414.
Más información: catalogo_linea_ico-idae_v_27-10-2017.pdf